La orden del Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) que determinó que Cristina Kirchner cumpla su condena por corrupción del caso Vialidad en su domicilio generó múltiples interrogantes sobre las condiciones de su arresto. ¿Puede salir al balcón? ¿Solicitar personal doméstico? ¿Seguir trabajando con sus secretarios privados? ¿Dar entrevistas? Estas preguntas reflejan las restricciones y obligaciones que la ex vicepresidenta debe respetar en su encierro domiciliario, que cuenta con un estricto marco normativo para su cumplimiento.
El TOF 2, integrado por los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso, recibirá cada tres meses un informe de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal, encargada de supervisar la ejecución de la prisión domiciliaria. Entre las reglas impuestas, se estableció un listado detallado de las personas autorizadas para visitarla, que incluye familiares, médicos, abogados y custodios. Cualquier visitante fuera de estas categorías deberá contar con la autorización previa del Tribunal. Sin embargo, la lista dejó afuera a un grupo cercano a Kirchner desde hace años: sus secretarios privados. Para que estos continúen asistiendo a la ex presidenta, será necesario un permiso especial, además de que ya no podrá mantener ninguna agenda fuera de su domicilio.
Respecto a otras situaciones cotidianas, la ex mandataria, que vive sola en un departamento de más de 160 metros cuadrados, deberá solicitar autorización si necesita personal doméstico para el mantenimiento de su hogar. Además, queda prohibida cualquier actividad fuera del domicilio que implique agenda o reuniones externas. Cristina Kirchner cumple una pena de seis años de prisión y recién podrá pedir la libertad condicional cuando cumpla dos tercios de la condena, es decir, dentro de cuatro años.
El TOF 2 justificó la morigeración de la pena a prisión domiciliaria principalmente por razones de seguridad. El fallo consideró que el riesgo para la vida e integridad física de la ex presidenta —tras el atentado que sufrió—, junto a la dificultad de garantizar su protección en una cárcel sin recurrir al aislamiento, hacen que la prisión domiciliaria sea “la única vía hoy compatible con el respeto de los derechos fundamentales y los fines resocializadores de la pena”. En consecuencia, se le colocó un dispositivo electrónico para monitorear su cumplimiento, una medida solicitada por los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola y avalada por el tribunal. Por otra parte, el TOF 2 señaló que “no se acreditaron razones de salud que justifiquen una decisión excepcional” que justifique otro tipo de detención.