La Justicia de Córdoba respalda el Aporte Solidario a personas de alta capacidad contributiva

La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba emitió un fallo significativo este martes, al respaldar el cobro del Aporte Solidario y Extraordinario a personas con alta capacidad contributiva por parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). El tribunal rechazó un argumento de confiscatoriedad presentado por un empresario que se negaba a pagar este tributo. Según la determinación de la AFIP, el ciudadano en cuestión deberá pagar 121 millones de pesos, además de los intereses correspondientes.

El contribuyente ya había enfrentado un fallo en su contra emitido por un juez de primera instancia el año anterior, y esta decisión ha sido confirmada ahora por la Cámara de Apelaciones de Córdoba. La justicia consideró que el Aporte Solidario es un tributo que afecta solamente al 3% del capital patrimonial del sujeto, y no se calcula sobre sus ingresos, como argumentaba el empresario.

La sentencia también rechazó la alegación de falta de liquidez por parte del demandante, ya que se trata de un impuesto transitorio que se paga en un solo plazo. La decisión judicial respalda el propósito del Aporte Solidario y Extraordinario, que se estableció en respuesta a la emergencia generada por la pandemia de Covid-19. La AFIP afirmó que no existen motivos para considerarlo confiscatorio o inconstitucional.

Como resultado de la sentencia y ante la negativa de pago, la AFIP determinó de oficio un importe de capital de 121 millones de pesos para el Aporte Solidario, además de los intereses correspondientes. El Aporte Solidario y Extraordinario se convirtió en una de las herramientas implementadas por el Gobierno nacional para ampliar y fortalecer las fuentes de financiamiento del sector público durante la emergencia sanitaria.

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