La Corte Suprema allana el camino para un reclamo multimillonario contra Tabacalera Sarandí

La Corte Suprema de Justicia declaró constitucional el impuesto mínimo al tabaco que durante seis años Pablo Otero no pagó, dejando vía libre para que el ARCA avance con un reclamo que podría superar los 1.000 millones de dólares. La decisión unánime del máximo tribunal, integrado con conjueces, subrayó el rol fundamental de los impuestos avalados por el Congreso en el sistema republicano y su función extrafiscal, más allá de la mera recaudación.

“El poder impositivo constituye un valioso instrumento de regulación, complemento necesario del principio constitucional que prevé atender al bien general, al que conduce la finalidad ciertamente extrafiscal de impulsar la expansión de las fuerzas económicas”, sostuvo el fallo. Con esta sentencia, la Corte rechazó los argumentos de Otero y de los tribunales inferiores, que habían declarado inconstitucional el tributo, y puso fin a años de medidas cautelares que permitieron a la compañía eludir el pago del gravamen.

El conflicto llegó a la Corte Suprema tras años de disputas judiciales. Tabacalera Sarandí no abonó el impuesto mínimo interno del sector tabacalero, utilizando cautelares del fuero Contencioso Administrativo y fallos favorables de la Sala IV de Apelaciones. Posteriormente, el juez Enrique Lavié Picl había declarado inconstitucional el tributo. Sin embargo, la Corte aclaró que los jueces “no deben evaluar impactos económicos de impuestos porque eso requiere estudios técnicos complejos y pertenece a otros poderes”. Según los magistrados, si la suba del impuesto reduce el consumo, el gravamen es razonable; si no lo hace, la demanda inelástica responde a factores externos, como las preferencias de los consumidores, y no al impuesto en sí.

El fallo también señaló que los argumentos de Otero carecen de “sustento fáctico y jurídico consistente” y que la compañía no demostró una relación de causa y efecto entre el impuesto y la supuesta pérdida de mercado. En efecto, mientras Tabacalera Sarandí alegaba que el tributo ponía en riesgo su competitividad, la Corte concluyó que no existe evidencia concreta que respalde esas afirmaciones. Además, se resaltó la posición de la Organización Mundial de la Salud, que reconoce la efectividad de subir impuestos al tabaco para reducir su consumo y proteger la salud pública.

Con el impuesto declarado constitucional, el ARCA puede exigir ahora el pago del tributo que Otero evitó durante seis años. Fuentes oficiales confirmaron que la ex AFIP, que llevó el caso hasta la última instancia, avanzará con el reclamo por la cifra adeudada, que algunos cálculos extraoficiales estiman podría duplicar los 1.000 millones de dólares. El impuesto mínimo ya no existe tras la sanción de la Ley Bases, que estableció una única alícuota del 70 al 73% para el sector, pero la deuda histórica permanece.

Según datos del mercado, la estrategia legal de Otero le permitió aumentar su participación de 5,6% en 2016 al 38,4% en 2023, aprovechando la eximición del tributo. Sin embargo, la Corte dejó claro que los daños económicos alegados no fueron probados y que las leyes impugnadas poseen un “andamiaje que se sustenta en dos pilares bien diferenciados pero que se encuentran inescindiblemente ligados, uno netamente impositivo y con finalidad recaudatoria, y otro de orden extrafiscal con sus claros fundamentos”.