En el marco de su política de ajuste fiscal, el Gobierno nacional oficializó este lunes una modificación sustancial en el régimen de subsidios energéticos para la llamada “Zona Fría”. A través de la Resolución 219/2025 de la Secretaría de Energía, publicada en el Boletín Oficial y firmada por su titular, María Carmen Tettamanti, se dispuso que más de 130.000 usuarios perderán parte de los beneficios que hasta ahora les permitían pagar tarifas reducidas de gas. La medida se suma a recientes aumentos en barrios de alto poder adquisitivo, como Puerto Madero y los barrios cerrados.
El nuevo esquema redefine el acceso al subsidio establecido por la Ley 27.637, que desde 2021 ampliaba el régimen especial a regiones con bajas temperaturas fuera de la Patagonia. A partir de ahora, solo conservarán un descuento del 50% los usuarios que acrediten “vulnerabilidad socioeconómica”. Aquellos que tengan más de un medidor de gas a su nombre, en cambio, accederán a un beneficio menor: una reducción del 30% sobre la tarifa plena fijada por el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS). Según datos del Ministerio de Economía, se detectaron múltiples casos de beneficiarios con medidores en varias propiedades, lo cual sugiere “un uso inapropiado del régimen diferencial”.
La recategorización será automática, aunque los usuarios que se consideren perjudicados podrán presentar documentación ante ANSES mediante la Ventanilla Única Social para acreditar su situación y solicitar la restitución del beneficio completo. Desde la Secretaría de Energía aclararon que el régimen de Zona Fría podrá coexistir con otros programas, como la Tarifa Social Federal o la segmentación por ingresos, aunque advirtieron sobre la necesidad de “evitar superposiciones injustificadas de subsidios”.
En paralelo, mediante la Resolución 218/2025, el Gobierno también presentó un nuevo procedimiento para consultar y revisar el nivel de subsidio asignado. Los usuarios podrán acceder a esta información en cualquier momento a través de una herramienta digital que desarrollará la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético, o bien presentar una solicitud de revisión vía la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD). Quienes no cuenten con acceso digital podrán recurrir a las oficinas de ANSES.
La medida se toma en el marco de la emergencia energética nacional, vigente hasta el 9 de julio de 2025, y la emergencia tarifaria y social, extendida hasta el 31 de diciembre del mismo año. La normativa permite a la Secretaría redefinir la estructura de subsidios “para asegurar el acceso al consumo básico y esencial”. Además, se prorrogó hasta el 31 de mayo de 2025 el período de transición hacia un sistema de subsidios más focalizado.
Uno de los puntos clave del nuevo sistema es el análisis de las declaraciones juradas presentadas por los usuarios. “Se ha constatado que existen usuarios categorizados como de Bajos Ingresos (Nivel 2) cuyos medidores corresponden a zonas o propiedades (como clubes de campo con altas expensas) que manifiestan un alto poder adquisitivo”, explicó la resolución. Para evitar estos casos, se cruzarán datos del SINTyS y ANSES con declaraciones de ingresos y patrimonio, con el fin de detectar inconsistencias y “reducir los errores de inclusión”.
Finalmente, se advirtió que si se detecta falsedad en la información declarada o un acceso fraudulento al beneficio, se procederá no solo a la exclusión del subsidio, sino también a la refacturación de los importes bonificados de forma indebida, con intereses e incluso sanciones adicionales.