El Gobierno Nacional, mediante el Decreto 731/2024, ha oficializado la habilitación del pago de propinas a través de medios electrónicos en diversos sectores de la economía. Esta medida, publicada en el Boletín Oficial y firmada por el presidente Javier Milei junto a su gabinete, busca formalizar y facilitar la entrega de propinas, evitando así la excusa de “no tengo efectivo” al momento de recompensar a los empleados de establecimientos donde la propina es una costumbre establecida.
La normativa introduce un cambio significativo en la Ley N° 20.744 de Contratos de Trabajo, específicamente en su artículo 113, al establecer que las propinas o recompensas que reciban los trabajadores “no serán consideradas parte de la remuneración”. Este punto busca aclarar que las propinas son una gratificación voluntaria y no deben ser contabilizadas como salario, eximiendo a los empleadores de cualquier obligación adicional relacionada con estos pagos.
El decreto también especifica que los comercios y establecimientos de sectores como el gastronómico, hotelero, expendedores de combustible, entregas a domicilio y otros donde es habitual el otorgamiento de propinas, deberán ofrecer la opción de pago electrónico. Este mecanismo debe garantizar la libertad del consumidor para elegir el monto y la modalidad de entrega, asegurando que la propina sea un acto voluntario y no un cobro adicional impuesto. “Dar más opciones siempre es beneficioso. De eso se trata un sistema de mayor libertad económica que propone el Presidente”, comentó el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, al referirse a la medida.
La implementación de esta normativa también establece que las propinas, independientemente de si son otorgadas en efectivo o por medios digitales, no podrán ser utilizadas como base para ajustar o modificar el salario básico de los trabajadores. Además, el decreto estipula que los montos recibidos en concepto de propina no estarán sujetos a retenciones ni percepciones fiscales, y los comercios deberán garantizar la acreditación de estos montos a los trabajadores dentro de las 24 horas siguientes a su recepción.
En este contexto, los dirigentes gremiales señalan que la propina puede llegar a duplicar o incluso cuadruplicar el salario de un trabajador gastronómico, dependiendo de su categoría. Sin embargo, también reconocen que en el sector existe una alta evasión fiscal relacionada con el no blanqueo de estas gratificaciones. Este decreto, según los gremialistas, podría contribuir a formalizar y transparentar estas prácticas, ofreciendo una solución a la ambigüedad establecida por algunos convenios colectivos de trabajo que prohíben expresamente la propina.
Finalmente, la normativa advierte que los comercios que no cumplan con estas disposiciones podrán ser sancionados. Aunque el decreto entró en vigencia inmediatamente, los artículos relacionados con la obligatoriedad del pago electrónico de propinas tendrán un plazo de 90 días para su implementación, lo que permitirá a los establecimientos adecuarse a las nuevas regulaciones.