El Ministerio de Economía Flexibiliza Requisitos en la Industria Textil: Deroga Declaraciones Juradas

En un movimiento destinado a aliviar la carga administrativa para los fabricantes e importadores de textiles, el Ministerio de Economía ha derogado y modificado varias regulaciones relacionadas con las declaraciones juradas sobre la composición de productos textiles. La Resolución 49/2024, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, revisa y anula diversos artículos de las resoluciones 26/1996 y 850/1996 de la ex Secretaría de Comercio e Inversiones y del ex Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, así como la Resolución 404/2016 de Comercio.

Desde 1995, se había establecido un requisito para que todas las prendas, confecciones y calzados incluyeran una etiqueta de tela que especificara detalles como el lugar de producción, los nombres del exportador e importador en caso de ser importados, y la composición porcentual de las fibras o materiales. Esta medida tenía como objetivo facilitar los controles y determinar la responsabilidad legal en el cumplimiento de las normativas vigentes.

Sin embargo, se implementó posteriormente una Declaración Jurada de Composición de Productos (DJCP) con una validez de 180 días, destinada a respaldar la veracidad de la información proporcionada en las etiquetas como requisito previo para la comercialización de productos. Además, esta declaración podía requerir muestras del producto. La intención era proporcionar a los consumidores información precisa y evitar que fueran engañados sobre los materiales de los productos que adquirían.

La nueva resolución ha eliminado esta declaración jurada con el objetivo de simplificar y reducir los trámites administrativos, lo que se espera que conduzca a una mayor fluidez y facilidad en la operación comercial, según se explica en los considerandos. Como resultado de este cambio, las etiquetas ya no necesitarán incluir el número de la DJCP. En el caso de la ausencia de etiquetas en la indumentaria importada, se podrá informar a la Dirección Nacional de Gestión Comercial Interna mediante una nota que detalle las cantidades y tipos de mercadería, junto con sus materiales constitutivos, o proporcionar una muestra al Instituto Nacional de Tecnología Industrial para su especificación.

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