En una reciente medida publicada en el Boletín Oficial bajo el Decreto 19, el Gobierno nacional, encabezado por el presidente Javier Milei y el jefe de Gabinete de Ministros, Nicolás Posse, ha implementado mecanismos más detallados y rigurosos para la designación de autoridades e interventores en empresas y sociedades del Estado. El texto del decreto establece claramente que la designación de directores o interventores en sociedades estatales, con participación estatal o en cualquier forma empresarial donde el Estado ejerza sus derechos, debe contar con la intervención previa y expresa de la Secretaría de Empresas y Sociedades del Estado de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
Según la normativa, las jurisdicciones responsables de estas sociedades deben enviar a la Secretaría de Empresas, con al menos diez días de antelación a la asamblea o acto de designación, la fundamentación de los nombramientos, el Curriculum Vitae del candidato y cualquier información relevante para respaldar la idoneidad del mismo. El decreto prevé incluso la posibilidad de que, si es necesario, la Secretaría nomine un nuevo candidato para el cargo en cuestión en cualquiera de las empresas y sociedades estatales.
El Decreto también establece plazos y procedimientos claros, exigiendo que las jurisdicciones informen a la Secretaría sobre las designaciones realizadas y vigentes en un plazo de diez días desde la publicación del decreto. En caso de que la Secretaría no ratifique la designación en un plazo de 20 días desde la comunicación, la misma será dejada sin efecto, lo que refuerza la supervisión y control de las decisiones de designación por parte del gobierno central.
Además, la normativa aborda la necesidad de intervenir previamente en diversos aspectos de la gestión de estas entidades, incluyendo la aprobación o modificación de presupuestos, planes estratégicos, compras, contrataciones, licitaciones y solicitudes de transferencias de recursos desde el Tesoro Nacional. Esta medida busca fortalecer el control gubernamental sobre las decisiones estratégicas y financieras de las empresas y sociedades estatales. Finalmente, se otorga la facultad a la Jefatura de Gabinete o al organismo que ella determine para dictar normas complementarias y aclaratorias que se consideren necesarias, otorgando flexibilidad para adaptarse a situaciones específicas que puedan surgir en el proceso de implementación de estas nuevas medidas.