Un juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal ha declarado su incompetencia para resolver un amparo presentado contra el protocolo de seguridad implementado por el Gobierno nacional, derivándolo al fuero en lo Criminal y Correccional ordinario, según informaron fuentes judiciales este miércoles. La presentación fue realizada por el abogado Daniel Valmaggia, y el juez Santiago Carrillo, al tomar la decisión, respaldó los argumentos de la fiscalía al considerar que la cuestión planteada es de índole penal.
En su resolución, el juez Carrillo expresó que “frente al objeto perseguido en la presente acción, el suscripto comparte los fundamentos y conclusiones del dictamen del Sr. Fiscal Federal”. La fiscalía analizó que la presentación del abogado cuestiona la reglamentación del Ministerio de Seguridad de la Nación, alegando que constituye una amenaza para la libertad ambulatoria al ampliar y flexibilizar los supuestos en los que procede la actuación policial y de las fuerzas de seguridad.
La fiscalía concluyó que la competencia para este amparo es de la Justicia de Primera Instancia en lo Criminal de Instrucción de la Capital Federal. El abogado Valmaggia presentó la acción de amparo argumentando la inconstitucionalidad de la Resolución 943/23, alegando que “restringe, vulnera y en los hechos impide el legítimo Derecho y la Garantía Constitucional de reunión a fin de manifestarse públicamente en forma pacífica”. Además, solicitó una medida cautelar suspensiva.
Cabe destacar que el juzgado en lo criminal, a cargo del juez Gustavo Pierretti, rechazó el martes un habeas corpus preventivo presentado contra el protocolo por el Premio Nobel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel y el dirigente del Partido Obrero Néstor Pitrola, entre otras personas. Esta resolución se encuentra ahora en estudio de la Cámara Nacional en lo Criminal.