Desde ayer, una histórica modificación fiscal entró en vigor en Argentina, gracias a la iniciativa liderada por el Ministro de Economía, Sergio Massa. El Congreso aprobó esta reforma el mes pasado, marcando un hito en la política económica del país. La modificación establece un aumento significativo en el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias, que se aplicará a salarios y haberes. Como resultado, el 99,2% de los trabajadores y jubilados quedarán exentos del tributo, lo que representa un alivio financiero para la mayoría de la población.
Uno de los cambios más significativos es la eliminación de la cuarta categoría, que ha elevado el piso de ingresos brutos mensuales para que los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados comiencen a pagar el impuesto. Ahora, el umbral se establece en 15 salarios mínimos vitales y móviles, equivalentes a 1.980.000 pesos argentinos. Esta reforma coloca a Argentina en una posición única al permitir que la gran mayoría de sus ciudadanos quede exenta de este impuesto, a la vez que los contribuyentes en cargos gerenciales y directivos seguirán pagando. Estas nuevas regulaciones aplicarán a las remuneraciones o haberes brutos mensuales devengados a partir del 1° de octubre, con efecto inmediato.
La reforma fiscal ha sido ampliamente elogiada por los líderes del gobierno. Agustín Rossi, jefe de gabinete y candidato a vicepresidente por Unión por la Patria (UxP), destacó la importancia de esta medida para el poder adquisitivo de los argentinos y argentinas. En su cuenta de Twitter, afirmó: “El valor de la palabra y las prioridades claras. Estamos trabajando sin descanso para devolver el poder adquisitivo del salario a los argentinos y argentinas. Sergio Massa prometió y cumplió”. Gabriel Katopodis, ministro de Obras Públicas, también se expresó en la misma red social, señalando que la medida brindará “alivio fiscal” y protegerá los ingresos de los ciudadanos. Según el director del Banco Central, Agustín D’Attellis, esta reforma permitirá un aumento de más del 20% en los sueldos de aquellos anteriormente alcanzados por el impuesto, brindando un respiro económico a una gran parte de la población.
Este cambio se materializa a través del Decreto 473, que establece que, para el segundo semestre del período fiscal 2023, el mínimo no imponible de Ganancias ascenderá a una suma mensual equivalente a 15 salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM), es decir, 1.980.000 pesos. Esta medida permanecerá vigente hasta finales de diciembre. Luego, a partir del 1 de enero, entrará en vigor la Ley 27.725, sancionada por el Congreso el 28 de septiembre y promulgada el 6 de octubre. Esta ley convierte en permanente los cambios introducidos por el Poder Ejecutivo a través del decreto anterior.
Una de las novedades clave de esta ley es la creación de un nuevo tributo equivalente a Ganancias, conocido como “impuesto cedular sobre los mayores ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones de privilegio y otros”. Se aplica a partir de un monto equivalente a 15 salarios mínimos por mes, con una alícuota progresiva que varía desde el 27% hasta el 35%, dependiendo del excedente sobre el umbral establecido.
La reforma también prevé actualizaciones periódicas del mínimo no imponible, ajustadas semestralmente según la evolución del salario mínimo vital y móvil. Aquellos que excedan los 180 salarios mínimos por año (equivalente a 15 salarios mínimos por 12 meses) estarán sujetos al impuesto. Las alícuotas progresivas se aplicarán a partir de esta cifra, con un aumento gradual a medida que los ingresos superen ese umbral.
Además, la ley contempla un incremento del mínimo no imponible del 22% para empleados y jubilados que residen en ciertas regiones, como las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego y el partido de Patagones en la provincia de Buenos Aires. Esto establece un piso de ingresos más alto para aquellos que viven en áreas con un costo de vida superior.
Sin embargo, la reforma también implica la eliminación de ciertas deducciones, como gastos de salud, hijos menores, empleadas domésticas o colegios privados. Esto podría tener un impacto en algunos contribuyentes que anteriormente podían reducir su carga fiscal mediante estas deducciones.
Para los trabajadores a quienes se les retuvo el proporcional del medio aguinaldo en julio y agosto, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ya ha devuelto dicho monto en los sueldos de este mes. La inclusión de esta devolución en los recibos de sueldo bajo el concepto “Devolución Decreto 473/23” aliviará la carga fiscal para aquellos afectados.
Esta reforma fiscal marca un cambio significativo en la política tributaria de Argentina, aliviando la carga fiscal para la gran mayoría de los trabajadores y jubilados, al tiempo que introduce un nuevo impuesto cedular sobre los mayores ingresos. Aunque esta medida ha sido ampliamente celebrada por el gobierno, también plantea desafíos para los contribuyentes que ya no podrán deducir ciertos gastos. Con su entrada en vigencia, se espera que esta reforma tenga un impacto profundo en la economía y el bienestar de los argentinos.