Cómo acceder a la nueva asistencia estatal para productores avícolas a partir de hoy

A partir de hoy, los productores avícolas afectados por la influenza aviar tendrán la oportunidad de solicitar una ayuda del gobierno nacional durante 180 días para mitigar el impacto económico causado por el sacrificio sanitario de aves de corral y la destrucción de huevos frescos y fértiles.El Programa de Asistencia Económica por la Emergencia Sanitaria – Influenza Aviar H5 y H7 entra en vigencia con un presupuesto de 7.450 millones de pesos provenientes del Fondo de Incremento Exportador, el cual está compuesto por una parte de las divisas generadas por las exportaciones agropecuarias.

El objetivo de este programa es brindar apoyo económico a los productores avícolas afectados por la detección o sospecha de contagio de la Influenza Aviar H5 y H7. Para ser elegibles, los productores deben tener su establecimiento registrado a su nombre en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa) del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa).

Además, deben estar involucrados en la cría de aves para carne o huevo, la reproducción de aves jóvenes, la cría de padres pesados o livianos, la producción de abuelos pesados, el funcionamiento de una planta de incubación o ser parte de la agricultura familiar. También deben haber sido afectados por medidas de sacrificio de aves de corral o la destrucción de huevos frescos o fértiles debido a la detección o sospecha de contagio del virus de la Influenza Aviar H5 y H7.

Una vez que se establezca la elegibilidad, el monto del beneficio se determinará en función de la cantidad de aves y huevos registrados en el acta correspondiente del Senasa, multiplicada por los valores unitarios de compensación establecidos para cada categoría.

Los productores interesados en solicitar el beneficio deberán ingresar al servicio Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca. Autogestión SAGyP del sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a partir del sexto día hábil después de la expedición del acta de sacrificio y hasta un plazo máximo de 30 días posteriores. También deberán autorizar al Senasa a proporcionar la información pertinente y proporcionar detalles de contacto, información bancaria y otros datos necesarios para recibir el beneficio.

Aquellas productoras y productores que posean actas de sacrificio anteriores a la fecha de publicación de la resolución tendrán un plazo de 30 días desde hoy para solicitar el beneficio correspondiente. Después de estos plazos, no se aceptarán nuevas solicitudes relacionadas con actas antiguas.

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