“Extienden y duplican reintegros a sectores vulnerables por compras con tarjeta de débito”
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció la extensión y duplicación de los reintegros para sectores vulnerables que realicen consumos con tarjeta de débito. Esta medida estará vigente por seis meses y aumentará en un 100% a partir del próximo vencimiento en junio, extendiéndose hasta finales de año. La Resolución General 5360/2023, publicada en el Boletín Oficial, estableció que los montos máximos de los reintegros se duplicarán, pasando de $2.028 a $4.056 por mes por titular, y de $4.057 a $8.114 en el caso de aquellos que perciban dos o más asignaciones.
El Ministerio de Economía resaltó que esta medida beneficiará a más de 2 millones de personas pertenecientes a sectores vulnerables y duplicará el monto de los reintegros que se encontraba vigente hasta ahora. Además, se espera que fomente la regularización tributaria a través del uso de medios de pagos bancarizados.
El objetivo principal de esta medida, implementada en diciembre de 2019 mediante la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, es apuntalar la demanda y brindar apoyo económico a los jubilados que cobran el haber mínimo, así como a los beneficiarios de asignaciones universales por hijo (AUH) y asignaciones por discapacidad o embarazo. Los reintegros representan el 15% del valor de compra y se aplican a consumos en farmacias, supermercados, minimercados, hipermercados, almacenes y kioscos.
Para acceder a este beneficio, los consumos deben realizarse con la tarjeta de débito asociada a la prestación que se cobra. Los productos elegibles para el reintegro incluyen alimentos en el caso de supermercados y kioscos, así como productos farmacéuticos, cosméticos, de tocador y perfumería en farmacias. Los fondos reintegrados se acreditarán automáticamente en la cuenta bancaria correspondiente en un plazo de 24 a 48 horas luego de realizada la compra, dependiendo del horario en el que se efectúe la transacción.
Cabe destacar que esta extensión y aumento de los reintegros se fundamenta en la eficacia demostrada por este régimen como una herramienta para brindar ayuda a los sectores mencionados y promover el uso de medios electrónicos de pago. Sin embargo, es importante señalar que este beneficio no aplica a aquellos jubilados que cobren por encima del haber mínimo, trabajadores autónomos o en relación de dependencia, monotributistas (excepto adheridos a regímenes específicos) y aquellos que tributen Ganancias o Bienes Personales.